El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 primaveras para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama. Durante ese tiempo, es afirmar, desde la presentación de la demanda hasta el automóvil https://demandalaboralordinariade60480.bloguerosa.com/34696640/una-revisión-de-demanda-laboral-definición